Proyecto de Ley sobre Trata no estipula beneficios para inmigrantes ilegales
Los inmigrantes ilegales en la República Dominicana no se beneficiarán de los programas de atención, asistencia y protección establecidos en el proyecto de Ley Integral sobre Trata de Personas, Explotación y Tráfico Ilícito de Migrantes, sometido por el presidente Luis Abinader al Senado el pasado 12 de diciembre del 2022, ni tampoco podrán aprovechar el principio de no devolución que está limitado a las víctimas de trata de personas en la misma ley.
Los citados beneficios corresponden a las víctimas de trata de personas, que son aquellas personas que han sido sometidas a captación y retención, mediante el uso de violencia, por un individuo o grupo delictivo con fines de explotación o esclavitud.
En el caso de los menores de edad y personas con discapacidades psíquicas o mentales, que hayan sido objeto de tráfico ilícito de migrantes, podrán recibir asistencia y ser parte de los programas de atención disponibles y sí serán sujetos de devolución a sus países de origen.
Ninguna de estas disposiciones es nueva para la legislación dominicana, que las incorporó el 10 de diciembre de 1977, por la resolución número 694 del Congreso Nacional y están establecidas en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, de 1951.