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Proceso de aprobación de Código Penal es ilegal, ilegitimo e inconstitucional

DECLARACIÓN DE PRENSA

El Foro feminista “Magaly Pineda” denuncia como ilegal, ilegítimo e inconstitucional el nuevo recurso aprobado este martes 4 de enero de 2022 en la Cámara de Diputados, al recibir como “nuevo proyecto de Código Penal” la iniciativa legislativa Núm. 06411 bajo la firma del diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) por la Provincia de La Vega. Rogelio Alfonso Genao.

Entendemos que se trata de una maniobra perversa que tiene como propósito recoger en un solo texto las propuestas de los sectores ultraconservadores, negadores de derechos de las mujeres, de niñas, niños y adolescentes, reforzando los elementos discriminatorios en materia de derechos fundamentales a la dignidad humana y la libertad.

El anuncio de aplazar de manera indefinida el conocimiento del Proyecto rechazado en diciembre pasado es un recurso para rescatar, en un texto nuevo, lo peor de las diferentes propuestas debatidas en la Comisión Bicameral que no lograron ser consensuadas.

Por ejemplo: 1) el nuevo texto, en sus artículos 110 y 112 recupera la versión sancionadora del personal de salud que interviene en salvar la vida de la gestante y restringe eximentes a la interrupción del embarazo al reintegrar el concepto de la obligación de salvar “las dos vidas”, con lo cual se reduce la posibilidad de actuar con rapidez en protección de la vida de la mujer, y se aleja a esta  mujer de la toma de decisión; 2) hay retroceso frente a la ley vigente sobre violencia de género; 3) se mantiene la discriminación por orientación sexual, y 4) se crean contradicciones con la ley de protección a niños, niñas y adolescentes en cuanto a las relaciones sexuales entre adolescentes. 

La decisión tomada por la Cámara de Diputados es ilegal porque no responde a los procedimientos establecidos en los reglamentos de la Cámara de Diputados, más aún cuando está a punto de cierre la presente legislatura.  Es ilegítima porque refuerza los aspectos más negativos de las propuestas presentadas, e incluso es inconstitucional porque en lugar de disponer la organización del Estado para la protección efectiva y real de los derechos fundamentales inherentes a la dignidad de la persona, lo que se pretende con la referida iniciativa es negar estos derechos, bajo el alegato de “cambios puntuales” que por el contrario constituyen la esencia de la negación de derechos.