Aduana exigirá factura comercial a quienes importen mercancía por couriers
La Dirección General de Aduanas exigirá que todas las personas que importen cualquier tipo de mercancía a través de los servicios de Empresa de Transporte Expreso Internacional (Couriers), están obligadas a presentar la factura comercial que demuestre que su importación es producto de una operación de compra y venta internacional.
La medida entrará en vigencia a partir del lunes 3 de abril, y está fundamentada en el Decreto No.402-05 de fecha 28 de julio del año 2005, que reglamenta el Despacho Expreso de Envíos, informó la entidad en un comunicado.
En caso de que las personas no presenten la factura comercial deberán demostrar que se trata de una operación en la que no existe una venta, precisó la DGA, en cumplimiento de lo que establece el decreto No. 36-11, de fecha 20 de enero del 2011, que instituye el Reglamento para la Valoración Aduanera, conforme al Acuerdo del Valor GATT de 1994.
La DGA señala que el artículo 4 de ese reglamento consigna que «es obligación de todo importador probar que el valor declarado es el precio realmente pagado o por pagar de las mercancías importadas, para lo cual debe presentar la factura comercial correspondiente, con los elementos y datos que permitan su trazabilidad y validación».
Igualmente, Aduanas indica a los usuarios del Servicio de Despacho Expreso de Envíos (couriers), que «en los casos en los que no se presente la Factura Comercial, o que esta no contenga los elementos y datos que establece el párrafo anterior, y en los casos en los que exista una venta, la aduana determinará el valor de dichas mercancías a través del método sustitutivo que corresponda, según lo previsto en el acuerdo de Valoración de la OMC».
Con la nueva disposición que entrará en vigencia en el próximo mes de abril, Aduanas busca fidelizar y transparentar todas las operaciones comerciales realizadas a través de los despachos expresos de envíos que proceden del exterior.
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